Caso Fornerón: Imputarían a un ex juez, funcionarios judiciales y abogados
Victoria.- En junio del año 2000 en el Policlínico local, la joven Diana Enríquez dio a luz a una beba que entregó en guarda a un matrimonio de Buenos Aires sin el consentimiento del padre, Leonardo Fornerón. Tuvo participación el Defensor de Pobres y Menores de esa época Dr. Julio Guaita, en un corto tiempo se labraron las actas para realizar la entrega.
El 18 del mismo mes el padre se presentó en el Registro Civil para reconocer a la primogénita y se desencadenaron los problemas, es decir que hasta ese momento nunca vio a su hija, obviamente.
La madre había negado que Fornerón fuera el padre, por lo que, a solicitud de los abogados de los adoptantes, se realizó la prueba de ADN. La batalla judicial se iniciaba y el 11 de diciembre, finalmente un resultado del examen genético confirmó que se trataba del padre de la beba (99,99%) y como tal reclamó la restitución de la menor que la madre biológica había dado en custodia judicial.
Esta escueta reseña representa el inicio de un reclamo que pasó por la vía judicial y todavía hoy, a 17 años de esa fecha, no se cierra.
Juzgado
A raíz de esta situación, en el comienzo del conflicto, Paralelo 32 llevó a cabo una serie de averiguaciones. En principio la causa civil se sustanció ante el Juzgado del Dr. Del Valle, quien falló en contra de la presentación de Fornerón porque consideró –según testigos–, que no había elementos para considerar esta cuestión (pruebas insuficientes o nulas). Propuso la confirmación de la guarda judicial y rechazó el pedido del padre biológico. Entre los argumentos sostuvo que Fornerón habría reconocido a la menor 74 días después del nacimiento, además, que no tenía una relación formal con la madre biológica y que ambos habían abandonado a la niña, por lo cual la nena debía quedar bajo tutela.
El fallo fue apelado ante la Cámara de Paraná, que ratificó lo actuado por el juez victoriense y ante un procedimiento similar hace lo propio el Superior Tribunal de Justicia de la provincia. Corría el año 2003.
Agotada esta instancia, quien se consideraba damnificado presentó una denuncia penal contra el Poder Judicial de la provincia, porque no estaba de acuerdo con el fallo antes descripto. En esa oportunidad no podían actuar los magistrados naturales y fue juez ad hoc el Dr. Daniel Ochoteco, el representante de los adoptantes fue el Dr. Salvador Espona, y Alfredo Eguiazú el del demandante.
El magistrado ad hoc solicitó documentación que avalara el pedido en cuestión pero nuevamente consideró que no eran suficientes, fallo que fue corroborado en las distintas estamentos.
Corte Interamericana
Habiendo agotado la vía judicial, el padre de la nena recurrió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que en el año 2012 sentenció que la Argentina había violado los derechos esenciales de padre e hija a convivir en familia, además de negar el derecho a la identidad, y obligó a garantizar un proceso que culmine en la revinculación entre Fornerón y su hija, además de fijar una indemnización de 150.000 dólares
Siguiendo la vía institucional –ante este pronunciamiento– la Cámara Federal de Casación Penal (Comodoro Py) ordenó reabrir la investigación por la sustracción y retención de la beba, según publicó Página Judicial. La causa recayó en el Fiscal Criminal y Correccional N° 11 del Dr. Ignacio Mahiquez, quien inició las actuaciones. La semana pasada el mencionado funcionario judicial solicitó a la jueza que sean citados a prestar declaración indagatoria diez personas.
La titular del juzgado Criminal y Correccional de la CABA, Alicia Lermini, accedió a la solicitud del fiscal Ignacio Mahiques. La carátula tipifica el caso como sustracción y retención de menores de 10 años y tiene prevista una pena de entre 5 y 15 años de prisión.
La resolución de Lermini y el dictamen del fiscal Mahiques direccionan la causa en favor de Leonardo Fornerón.
Entre los imputados se encuentran el matrimonio que recibió la guarda de la menor, identificado en el dictamen como B y Z; la madre biológica, Diana Enríquez; el por entonces juez de primera instancia en lo Civil y Comercial de nuestra ciudad Raúl del Valle; los funcionarios judiciales que en junio de 2000 cumplían las funciones de defensores de pobres y menores, Julio Guaita y Marcelo Balbi; la perito psicóloga Daniela Kairuz, y el abogado de los “padres adoptivos”, Salvador Espona.
“La ilegítima entrega de XX (tal como se define a la menor en la presentación del fiscal), en el que asumieron un rol protagónico Enríquez, el matrimonio integrado por B. y Z. y el defensor Guaita, constituye un rol neurálgico de la imputación; al que luego le va a seguir una extensa cadena de ilegalidades que, bajo ropajes formales, se opondría entre Fornerón y su hija y permitiría el estado de situación iniciado casi desde el nacimiento de la niña”, afirmó Mahiques en su dictamen, que se dio a conocer el domingo 24 de septiembre en La Nación. El caso cobró interés nacional por la intervención de la Corte Interamericana.
(fuente: Paralelo32, paginajudicial.com.ar y analisisdigital.com.ar)