Urribarri irá a juicio oral por presunto enriquecimiento ilícito: rechazaron dos pedidos de pericias
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El juez de Garantías de Paraná, Mariano Budasoff, rechazó los planteos de las defensas del ex gobernador Sergio Urribarri y del empresario paraguayo Diego Armando Cardona Herreros para realizar nuevas pericias informática y contable. Además, dispuso la apertura del juicio oral y público, cuya fecha deberá ser establecida por la Oficina de Gestión de Audiencias.
El juez de Garantías de Paraná, Mariano Budasoff, resolvió este jueves remitir a juicio la causa en la que Sergio Urribarri está acusado como presunto autor de enriquecimiento ilícito, mientras que el empresario de origen paraguayo Diego Armando Cardona Herreros está señalado como partícipe necesario.
La decisión se produjo luego de que el magistrado rechazara los planteos de las defensas, que cuestionaron parte de la prueba ofrecida por el Ministerio Público Fiscal (MPF) y solicitaron la realización de dos nuevas pericias: una informática y otra contable.
La resolución será remitida a la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA), que deberá establecer la fecha para el inicio del debate oral y público.
Los planteos de las defensas
Las oposiciones fueron presentadas por Miguel Cullen, abogado de Urribarri, y por Ignacio Díaz y José Velázquez, representantes de Cardona Herreros. Los defensores cuestionaron la incorporación de documentos, notas, correos electrónicos, informes y soportes de información ofrecidos como prueba por la Fiscalía, representada por los fiscales Juan Ramírez Montrull y Gonzalo Badano.
Uno de los pedidos apuntó a realizar una nueva pericia informática. La defensa cuestionó la idoneidad de los profesionales del MPF que intervinieron en la extracción de datos de dispositivos electrónicos.
El segundo planteo estuvo relacionado con una pericia contable, que las defensas pretendían realizar con profesionales independientes del Superior Tribunal de Justicia (STJ) y peritos de parte. El objetivo era revisar diferencias entre los montos incluidos en un informe contable de la investigación y los consignados por la Fiscalía al solicitar la elevación a juicio.
Los abogados sostuvieron que ambas medidas eran relevantes porque, según plantearon, de esos elementos surgen documentos y cifras que sustentan la acusación y los montos que el Ministerio Público considera que no fueron justificados por Urribarri.
Qué resolvió sobre la prueba informática
Al analizar los pedidos, Budasoff consideró que las medidas solicitadas no demostraban una utilidad concreta para esclarecer los puntos que las defensas pretendían discutir. También señaló que los planteos no precisaban suficientemente qué aspectos buscaban determinar.
En relación con la evidencia informática, el juez rechazó la oposición a incorporar un informe del 5 de diciembre de 2018, elaborado por el Gabinete de Informática Forense del Laboratorio Regional de Investigación Forense del Ministerio Público Fiscal de Entre Ríos.
Ese documento contiene información obtenida durante una investigación anterior por los delitos de peculado, defraudación a la Administración Pública y negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública.
Budasoff entendió que esos elementos están vinculados con los hechos investigados en la causa por presunto enriquecimiento ilícito, ya que forman parte de la evidencia con la que la Fiscalía sostiene haber reconstruido operaciones patrimoniales y relaciones entre bienes, personas y movimientos económicos.
El magistrado distinguió entre la pertinencia de incorporar una prueba y la valoración que deberá hacerse de ella durante el juicio. En ese sentido, sostuvo que cuestiones como la autenticidad de los registros, su atribución a determinadas personas o las posibles interpretaciones de su contenido deberán discutirse durante el debate.
También rechazó los cuestionamientos sobre los informes de las compañías telefónicas. Según recordó, la validez de su incorporación ya había sido analizada y confirmada por el Tribunal de Juicio y Apelación y por la Cámara de Casación.
Por qué rechazó una nueva pericia contable
Respecto del pedido de una segunda pericia contable, Budasoff consideró que las defensas no demostraron la existencia de una insuficiencia concreta en el estudio realizado durante la investigación que justificara repetir el trabajo.
El juez señaló que una nueva intervención técnica no puede basarse únicamente en la expectativa de obtener conclusiones diferentes ni utilizarse para reiterar una investigación que ya se realizó.
Durante la etapa investigativa se había desarrollado una pericia contable con la participación de la contadora Romina Stepanik-Pouey y del contador Cristian Dumé, este último propuesto por la defensa. De acuerdo con los antecedentes analizados por el magistrado, ambos intervinieron en la definición de los puntos periciales, el examen de la documentación y la elaboración de las conclusiones, a las que arribaron en forma coincidente.
Para Budasoff, esa participación permitió a la defensa controlar técnicamente el trabajo, proponer aspectos para examinar y ejercer sus facultades durante la producción de la prueba.
El juez consideró que las diferencias entre el informe contable y los montos planteados por la Fiscalía, así como las discusiones sobre la atribución de gastos, los ingresos provenientes de la actividad futbolística y la interpretación de los registros económicos, podrán ser abordadas durante el juicio.
En esa instancia, las defensas tendrán la posibilidad de interrogar al contador Dumé y contrainterrogar a la contadora Stepanik-Pouey, cuestionar la metodología utilizada y confrontar las conclusiones con la documentación incorporada.
Los cinco puntos que las defensas pretendían revisar
Durante la audiencia, el pedido de una nueva pericia contable quedó delimitado en cinco aspectos:
- La incidencia de considerar al grupo familiar como una unidad económica en la reconstrucción del patrimonio individual de Sergio Daniel Urribarri.
- Las diferencias entre los resultados del informe contable de la investigación y los montos consignados por la Fiscalía al solicitar la remisión a juicio.
- La atribución contable y financiera de esas diferencias al ex gobernador.
- La distinción entre valores nominales y valores de mercado.
- La reconstrucción de ingresos y su tratamiento en el análisis patrimonial.
Además, la defensa de Urribarri cuestionó la identificación de determinados registros en planillas electrónicas, especialmente las referencias identificadas como “SDU”, la consideración de los ingresos de Bruno Urribarri por su actividad futbolística y la atribución de adquisiciones y gastos realizados por terceros.
La Fiscalía se opuso a la realización de una nueva pericia por considerar que el pedido había sido presentado fuera de término y que resultaba impertinente y sobreabundante. También sostuvo que el informe existente fue elaborado con intervención de un profesional propuesto por la defensa y que sus conclusiones podrán discutirse mediante interrogatorios durante el debate.
Al resolver, Budasoff entendió que no se había identificado una operación técnica concreta que necesitara una nueva revisión ni una controversia entre los profesionales que intervinieron en el estudio anterior.
De esta manera, el magistrado rechazó los pedidos de nuevas pericias y dispuso la apertura del juicio oral y público contra Urribarri y Cardona Herreros. La fecha del debate será definida por la Oficina de Gestión de Audiencias.

