Judicial
Revés parcial para AFPS: queda firme el procesamiento por piezas arqueológicas, pero no por contrabando
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El tribunal de Paraná revocó el procesamiento por encubrimiento de contrabando y redujo el embargo, aunque sostuvo la acusación por violar el artículo 48 de la Ley 25.743. El caso involucra un pie de momia y otras piezas prehispánicas halladas en el Museo del Ovni de Victoria.
La Cámara Federal de Paraná, integrada por los jueces Mateo Busaniche y Beatriz Aranguren, resolvió este martes hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la defensa de AFPS, revocar la resolución del 9 de junio de 2025 que había dictado su procesamiento por encubrimiento de contrabando, y en consecuencia dictar la falta de mérito para procesar o sobreseer en esa imputación. La investigación, sin embargo, continuará.
El expediente se centra en el ingreso a la Argentina, hace más de cuatro décadas, de un pie de momia peruana hallado aproximadamente 60 años atrás y atribuido a la imputada, además de otras piezas arqueológicas de origen peruano.
Resolución de la Cámara
El tribunal dispuso además reducir el embargo sobre los bienes de AFPS a 2 millones de pesos, monto que en la sentencia de primera instancia se había fijado en 5 millones. Sin embargo, rechazó el recurso de apelación en lo referido al artículo 48 de la Ley 25.743, que reprime con prisión de dos meses a dos años y con inhabilitación especial de hasta cinco años a quien transporte, almacene, compre, venda, industrialice o comercialice piezas provenientes de yacimientos arqueológicos o paleontológicos.
De este modo, quedó firme el procesamiento de la imputada por la presunta tenencia de piezas arqueológicas de origen peruano y nacional.
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El caso
La causa se inició en noviembre de 2023, a partir de denuncias presentadas por Javier Walter Sofía ante la Embajada de Perú. Sofía señaló la supuesta exhibición, en el Museo del Ovni de Victoria, de un pie de momia originario de Paracas (Perú), cuya posesión se atribuía a AFPS.
Tras un allanamiento en abril de 2024 en el museo, se secuestraron:
- 1 pie de momia
- 16 piezas completas de alfarería modelada
- fragmentos de cerámica
- artefactos líticos pulidos
- además de restos fósiles de megafauna y valvas de moluscos.
La pericia arqueológica y paleontológica realizada en junio de 2024 confirmó la antigüedad y el origen prehispánico de los objetos, lo que derivó en la citación a indagatoria de AFPS en marzo de 2025.
Argumentos de la defensa
La defensa cuestionó el procesamiento inicial al considerar que no se valoraron los descargos de su asistida, quien aseguró nunca haber intentado apropiarse del pie de momia y que incluso lo había puesto a disposición de la Embajada de Perú. Alegó que no existió dolo ni intención de ocultamiento, que parte de las normas aplicadas fueron usadas retroactivamente y que el artículo 48 de la Ley 25.743 no correspondía, por tratarse de patrimonio cultural extranjero.
También destacó que las piezas permanecían exhibidas en un museo, sin fines comerciales, y que no se probó la existencia de encubrimiento.
Postura de la fiscalía
El Fiscal General coincidió parcialmente con la defensa en cuanto a que no había suficientes elementos para sostener el encubrimiento de contrabando. Sin embargo, avaló la continuidad de la investigación y la confirmación del procesamiento en lo relativo a la ley de patrimonio cultural.
Advirtió que aún deben realizarse medidas que permitan esclarecer si las piezas fueron ingresadas al país a través de maniobras irregulares o simplemente localizadas en otro contexto.
Próximos pasos
Con la decisión de la Cámara, AFPS queda desvinculada del cargo por encubrimiento de contrabando, pero seguirá investigada bajo la Ley 25.743, que protege el patrimonio arqueológico y paleontológico. La causa continúa abierta mientras se sustancian nuevas medidas de prueba.