Medio ambiente
La Justicia ordena a Cristamine cesar la extracción de arena silícea hasta contar con autorización ambiental
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La Cámara Segunda, Sala II de Paraná, a través del vocal Edgardo Martín Cossy, resolvió que la empresa minera Cristamine SA deberá suspender toda actividad extractiva en la parcela 24.856, ubicada en inmediaciones del arroyo El Salto, en Aldea Brasilera, hasta obtener el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) aprobado por la autoridad competente.
La medida se dicta en el marco de una causa por daño ambiental iniciada por la Fundación CAUCE: Cultura Ambiental – Causa Ecologista contra el Gobierno de Entre Ríos y la empresa, por la extracción de arena silícea sin la debida autorización.
La resolución, emitida este jueves 7 de agosto, establece que Cristamine SA deberá abstenerse de continuar la explotación en la zona y fija una serie de disposiciones orientadas a garantizar la transparencia del proceso. Entre ellas, se ordena:
Publicar con al menos diez días de anticipación la fecha y hora de la visita al yacimiento Spahn o salida a campo.
Difundir las conclusiones del informe que elaborará la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos (SAER) por un plazo de diez días una vez finalizado.
Incorporar banners informativos en la web y redes sociales del Gobierno provincial, Cristamine SA y el Sistema de Información de Catastro (SIC) para dar a conocer las fechas y resultados.
Presentar el informe final del plan de trabajo antes del 25 de noviembre de 2025.
Desde Fundación CAUCE celebraron el fallo como “un paso fundamental en la defensa de nuestros ríos y bienes comunes” y aseguraron que continuarán impulsando acciones para que se cumpla plenamente la ley y se garantice la transparencia ambiental.