Entre Ríos
La caza menor solamente se puede hacer a través de los cotos
La temporada se extiende desde el 19 de mayo hasta el 27 de agosto • Hubo presentaciones por parte de asociaciones de caza para flexibilizar la Resolución • Actuales exigencias.
El viernes 16 de junio rechazaron el amparo que buscaba ampliar caza menor en Entre Ríos. El juez Civil y Comercial N° 1 de Paraná, Juan Carlos Coglionesse, no hizo lugar a la acción de amparo promovida por un grupo de asociaciones de caza que solicitaron se modifique la Resolución Nº 888 con la cual la Dirección de Recursos Naturales habilitó la temporada de caza menor en Entre Ríos sólo en establecimientos privados
Cabe recordar que el período para estas prácticas se extiende desde el 19 de mayo y termina el 27 de agosto, en todo el territorio de la Provincia de Entre Ríos, excluyendo las Áreas Naturales Protegidas incorporadas al sistema provincial según Ley N° 10.479 de fecha 25 de abril del 2017 y solamente se permitirá la caza de cotos.
Serán susceptibles de caza únicamente las siguientes especies y cupos:
Perdiz Chica (Nothura maculosa) – Cupo: 8 piezas
Liebre (Lepus europaeus) – Cupo: 4 piezas
Pato Picazo (Netta peposaca) – Cupo: 5 piezas
Pato Pampa (Dendrocygna viduata) y Pato Bicolor (Dendrocygna bicolor) Cupo de cada uno: 3 piezas.
Pato Barcino (Anas Flavirostris) – Cupo: 4 piezas.
Las excursiones de caza deberán efectuarse los días sábados, domingo y feriados, vísperas o posteriores al feriado y están habilitadas únicamente en establecimientos de turismo aventura autorizados por la provincia.
Todo cazador deberá estar munido de la pertinente Licencia y/o Permiso Transitorio para ejercer la Caza Deportiva Menor. La licencia de caza se obtiene desde la página de la Dirección General de Fiscalización del Ministerio de Producción Provincial
Es obligatorio el uso de la “Hoja de Ruta del Cazador”, la cual deberá estar cumplimentada para el tránsito final y podrá ser requerida y verificada por personal competente de la Dirección General de Fiscalización y Dirección Minería, Medio Ambiente y Recursos Naturales y/o personal delegado debidamente autorizado. Su omisión constituye infracción a la legislación vigente.
La norma establece que los establecimientos de turismo aventura (cotos) deberán sustituir un 25% las municiones de las municiones de plomo por otras alternativas menos contaminantes como el acero.
Cotos de caza
En nuestro departamento son varios los establecimientos autorizados para la realización de cotos de caza, pero la norma en vigencia modifica sustancialmente una realidad. Nuestros padres y abuelos generalmente los fines de semana pedían autorización al titular de un campo, en una camioneta con carabina en mano, recorrían potreros y si tenía suerte volvían con algunas perdices para consumo familiar, actualmente esto es inviable.
La asociaciones que firmaron el amparo sostienen que "la caza es una actividad ancestral, siendo en muchos caso un medio legítimo de lograr sustento a numerosas familias, que es parte de la tradición nacional, refiere a que la vida de los, lugareños de estos distritos y zonas rurales donde se practica las actividades cinégicas es muchos veces su única fuente laboral, además de que la caza implica el ejercicio de un derecho recreativo, aduciendo que la caza es un recurso de alimentos y refiere que el uso cinegético es una estrategia de conservación eficiente, genera valor a las especies y estimula a la preservación de su hábitat, (pastizales y humedales), e incluso a la restauración de estos" publico Uno.
La Resolución N° 888 es taxativa y los amantes de esta actividad solamente podrán llevarla a cabo contratando a los responsables de realizar cotos de caza, que por otro lado son muy onerosos.
Recorrer caminos vecinales o ingresar a establecimientos para cazar, representa un riesgo porque los controles se hacen los fines de semana y los que incumplen son pasibles de sanciones punitivas que tienen un costo muy elevado.
Justicia
El 8 de junio el fiscal Adjunto de la Fiscalía de Estado, Sebastián Trinadori, solicitó el rechazo del amparo y explicó que "la Resolución Nª 0888/23 DRN es producto de una secuencia lógica de estudios poblacionales de las diferentes especies habilitadas".
El funcionario señaló que la caza menor se restringió a los establecimientos privados debido a que no se pudo determinar "con precisión la presión de caza actual por departamento". Destacó que, en función de ello, "el área técnica del Departamento de Flora y Fauna de la Dirección de Recursos Naturales concluyó sugerir limitar territorialmente los lugares que estén en condiciones de ser habilitados, como una medida protectora de nuestros Recursos Naturales".
A lo que el juez Coglionese hizo lugar.