Judiciales
Juez Barbirotto: “Con la baja imputabilidad no van a disminuir los delitos”
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Según la estadística delictual, entre el 2 y 3% del total son cometidos por menores • La nueva ley entra en vigor en septiembre, pero falta adaptar estructuras para albergarlos • Valiosas reflexiones del Juez de minoridad Pablo Barbirotto.
La nueva ley que imputa a menores va a generar cambios profundos y posibles conflictos en su aplicación; esto va a ocurrir a partir de la vigencia de la norma. Serán sometidos a la justicia penal delitos cometidos por menores de entre 14 y 16 años.
Al respecto, el Juez Penal de Niñez y Adolescencia, Pablo Barbirotto (*) analizó los principales cambios, su impacto y las dificultades que podría generar su implementación.
El magistrado explicó que la norma pone fin a un debate histórico que se arrastraba desde el retorno de la democracia, vinculado a la necesidad de adecuar la legislación a estándares internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño. Sin embargo, señaló que la discusión siempre estuvo trabada por la controversia en torno a la baja de la edad de punibilidad.
Uno de los puntos centrales es que la nueva ley permitirá imputar a adolescentes desde los 14 años, algo que antes no ocurría en el mismo sentido. Según detalló, esto implica que podrán ser sometidos a juicio y recibir penas de hasta 15 años de prisión (máximo establecido en esta ley), lo que representa un cambio sustancial en el sistema.
No obstante, Barbirotto advirtió que la aplicación efectiva de la ley presenta serios condicionantes.
En principio, su entrada en vigor está prevista para septiembre de este año, pero depende de la existencia de espacios adecuados de detención para jóvenes de entre 14 y 17 años, infraestructura que actualmente no existe ni en Entre Ríos ni en el resto del país. Esta situación podría derivar en una postergación de su implementación.
En Paralelo32 hemos dado cuenta de las limitaciones del Penal N°5 de Victoria, con escaso espacio y necesidades de adaptación estructural.
Procedimiento
En cuanto al procedimiento judicial, aclaró que no habrá modificaciones, ya que continuará rigiéndose por las leyes procesales provinciales. Lo que cambia es la posibilidad de imponer penas a menores que antes no eran punibles en ese rango etario señaló, en una entrevista exclusiva con Paralelo32.
El juez también cuestionó el fundamento de la reforma desde el punto de vista de la política criminal. Indicó que los delitos cometidos por menores representan entre el 2% y el 3% del total, por lo que consideró que la medida no responde a una necesidad real en términos de seguridad, sino más bien a una demanda social. ”Los que piensan que van a bajar los delitos con la nueva norma, creo que se equivocan”
Además, planteó “el sistema penal llega tarde, ya que la mayoría de los jóvenes que ingresan en conflicto con la ley provienen de contextos de vulnerabilidad extrema”. En ese sentido, remarcó que más del 50% de los niños en el país se encuentran en situación de pobreza, citando datos de UNICEF, y que muchos presentan problemas de escolaridad y adicciones. Consideró que el Estado debe actuar antes, para no llegar a esta situación. “Tenemos que garantizar derechos desde la primera infancia” remarcó.
Otro aspecto relevante es que la nueva legislación amplía la intervención penal a todos los delitos, incluso aquellos considerados leves. Esto implica que situaciones que antes eran abordadas por organismos administrativos ahora pasarán por la justicia penal. “Antes un joven de 14/15 años que rompía vidrios en una escuela o de un patrullero, no eran juzgados penalmente, ahora sí, a partir de la nueva legislación.
Desde el plano jurídico, Barbirotto consideró que la ley no sería inconstitucional en cuanto a la edad fijada, ya que los tratados internacionales permiten a cada Estado definirla. No obstante, advirtió posibles conflictos en la aplicación de las penas, especialmente porque la norma habilita sanciones similares a las de un adulto, sin contemplar adecuadamente las diferencias en el desarrollo de un adolescente.
Sostuvo, a modo de ejemplo, que “una persona de 50 años que delinque –de acuerdo a un artículo del CP- le corresponden 10 años y es razonable, pero un chico de 14 años no puede tener, por un delito grave, una pena de 15 años porque es más de lo que lleva de vida”.
Finalmente, el magistrado puso el foco en los riesgos de este enfoque, señalando que el endurecimiento de penas a edades tempranas puede generar efectos contraproducentes, como una mayor exposición al sistema penal y dificultades en la reinserción social.
De esta manera, la nueva ley abre un escenario de cambios importantes, pero también de interrogantes en cuanto a su implementación real y su efectividad para abordar el problema de fondo.
(*) Pablo Barbirotto, juez Penal de Niños, Adolescentes de Entre Ríos y miembro del Comité Asesor Técnico creado por la Comisión Bicameral del Congreso Nacional.

