Calendario
Feriados 2026: cómo continúa el calendario oficial y qué se paga en cada caso
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En marzo continúa el calendario oficial de feriados 2026 en la Argentina. El cronograma incluye asuetos nacionales inamovibles y trasladables establecidos en la Ley 27.399, conocida como “Ley de Establecimiento de Feriados y Fines de Semana”, así como también los días no laborables previstos para este año.
Además, la Ley 20.744 (Ley de Contrato de Trabajo) establece en su artículo 181 que en los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En tanto, el artículo 182 determina que los días no laborables son optativos para el empleador.
¿Cómo se pagan los feriados y los días no laborables?
En el caso de los feriados nacionales, si el empleado presta servicios durante esa jornada, debe percibir el doble de una jornada habitual, conforme al régimen de descanso dominical.
En cambio, en los días no laborables el empleador puede decidir si se trabaja o no. Si dispone que se trabaje, el empleado cobrará su salario simple, sin el recargo correspondiente a los feriados nacionales.
En síntesis:
- Feriado nacional trabajado: se paga doble.
- Día no laborable trabajado: se paga salario simple.
Feriados 2026: el calendario mes por mes
Marzo
- Lunes 23 de marzo: día no laborable con fines turísticos.
- Martes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible).
Abril
- Jueves 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible) y Jueves Santo (día no laborable).
- Viernes 3 de abril: Viernes Santo (feriado inamovible).
Mayo
- Viernes 1° de mayo: Día del Trabajo (feriado inamovible).
- Lunes 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible).
Junio
- Lunes 15 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes (feriado trasladable del 17 de junio).
- Sábado 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano (feriado inamovible).
Julio
- Jueves 9 de julio: Día de la Independencia (feriado inamovible).
- Viernes 10 de julio: día no laborable con fines turísticos.
Agosto
- Lunes 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (feriado trasladable).
Octubre
- Lunes 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable).
Noviembre
- Lunes 23 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (feriado trasladable del 20 de noviembre).
Diciembre
- Lunes 7 de diciembre: día no laborable con fines turísticos.
- Martes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible).
- Viernes 25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible).
Diferencias clave
Vale recordar que los feriados inamovibles no pueden trasladarse, sin importar el día de la semana en que caigan. En cambio, los feriados trasladables pueden correrse para conformar fines de semana largos y fomentar el turismo, aunque el Gobierno aún debe definir oficialmente si hará uso de esa facultad en cada caso.
Por su parte, los días no laborables quedan a discreción del empleador, quien decide si el personal debe concurrir o no a su puesto de trabajo.

