Medio ambiente
Fallo ejemplar en Entre Ríos: la Justicia ordena frenar desmontes ilegales en bosques nativos protegidos
En un fallo considerado histórico por organizaciones ambientalistas, la jueza de Paz Nº 1 de Paraná, María Virginia Giachello, hizo lugar parcialmente a la acción de amparo ambiental promovida por la Fundación CAUCE: Cultura Ambiental – Causa Ecologista, y ordenó el cese inmediato de desmontes ilegales en zonas de bosque nativo protegidas por ley.
La sentencia, dictada el pasado 29 de mayo, representa un importante avance en la defensa del patrimonio natural entrerriano, al declarar la responsabilidad ambiental de las empresas y personas involucradas, y exigir al Estado provincial que actúe con celeridad en la resolución de los trámites pendientes.
Un fallo basado en pruebas técnicas contundentes
La acción de amparo fue presentada el 18 de marzo de este año por la directora ejecutiva de Fundación CAUCE, Valeria Enderle, contra el Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, la empresa Salentein Argentina B.V., SYS S.A. (representada por Cristian Sterz), El Choli (propiedad de Martín Bleginomini) y Jorge Rodríguez. La demanda se centró en el desmonte de tres lotes ubicados en zonas categorizadas como I (rojo) y II (amarillo) dentro del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN), donde la tala está expresamente prohibida por la Ley Nacional de Bosques Nativos N° 26.331 y la Ley Provincial N° 10.284.
La jueza ordenó la detención inmediata de las actividades de desmonte en los predios identificados en los planos N° 37797, 37796 y 3278, que hasta noviembre de 2024 pertenecían a Salentein Argentina B.V. y desde entonces fueron cedidos por comodato a SYS S.A., El Choli y Jorge Rodríguez. A pesar de la cesión, la magistrada consideró a todos los mencionados como responsables del daño ambiental.
El fallo se apoyó en diversas pruebas, entre ellas:
Mediciones realizadas por un ingeniero agrimensor que constató "abras" de entre 50 y 60 metros en zonas señaladas como supuestos cortafuegos.
Un informe técnico detallado de la Universidad Autónoma de Entre Ríos (UADER) que confirmó que el desmonte comenzó en junio de 2024, cuando Salentein aún figuraba como titular dominial.
La desestimación del informe pericial de Cian, por falta de rigurosidad técnica, tal como lo había solicitado Fundación CAUCE.
Además, la jueza tomó en cuenta el dictamen favorable del Ministerio Público Fiscal, que avaló la procedencia de la acción de amparo y la necesidad de una intervención judicial urgente para evitar mayores daños al monte nativo. En este marco, se aplicó el principio preventivo, dado que ya se habían desmontado ilegalmente unas 125 hectáreas.
Obligaciones para el Estado y exhortación a la acción
El fallo también exhorta al Estado provincial a resolver, en un plazo de 60 días hábiles, el expediente administrativo N° 3.010.683, iniciado por Sterz, Bleginomini y Rodríguez, y a informar sobre los avances a la Justicia. Esta disposición apunta a garantizar que el Estado cumpla con su rol de autoridad de aplicación y guardianía de los bienes naturales comunes.
Desde Fundación CAUCE calificaron la sentencia como "una decisión que sienta precedente por el cuidado de nuestros territorios", y remarcaron que se trata de un paso firme hacia la aplicación efectiva de las leyes ambientales y de los principios constitucionales de prevención, responsabilidad y no regresión.
"Un fallo ejemplar y necesario"
“La sentencia reconoce la gravedad del daño ambiental que implica el desmonte de áreas protegidas, la ilegalidad del accionar de quienes intentan evadir los controles estatales y la responsabilidad del Estado en la preservación de nuestros ecosistemas”, expresaron desde la Fundación.
Finalmente, afirmaron que continuarán trabajando para que se garantice la recomposición ambiental integral del bosque nativo afectado y se respeten los marcos legales que protegen uno de los bienes naturales más valiosos de la provincia de Entre Ríos.