El municipio se declaró incompetente y sigue sin habilitación el local bailable en ruta a Racedo
Crespo.- Ante la preocupación de padres que en varios casos fueron testigos oculares y en otros se enteraron por el comentario de sus hijos, respecto de la situación caótica que se vivió en la madrugada del 1º de enero sobre el camino pavimentado que une Crespo con Racedo, para el ingreso al boliche Diba Verano, que funciona en la casa de campo La Cañada, Paralelo 32 consultó al secretario de Economía y Hacienda, abogado Hernán Jacob sobre la injerencia y la responsabilidad de las autoridades municipales de nuestra ciudad, en el tema.
Esa noche, según describieron, a la hora pico de las 3 de la mañana hubo cola de 2 km desde Crespo en dirección al lugar bailable, cortando la libre circulación de la ruta; jóvenes que cruzaban el pavimento caminando entre autos después de bajar del micro que los trasladaba hasta las inmediaciones, y autos que para llegar antes al único puesto de entrada habilitado hacían maniobras riesgosas, bajando inclusive por la banquina. El ingreso y egreso se encuentran en zona de curva, en territorio del Departamento Diamante.
Al respecto el funcionario aclaró que la ubicación del boliche bailable está fuera de la jurisdicción del municipio de Crespo y por lo tanto está fuera de su competencia habilitarlo. Paralelo 32 tuvo acceso al expediente 2.875/2018 de solicitud de habilitación, que ingresó el 17 de diciembre a la Municipalidad y dio lugar a la Resolución Municipal Nº 587/18 del 21 de diciembre, donde el intendente declaró la incompetencia para habilitar ese comercio.
El lugar, evidentemente está en una zona gris, donde no hay autoridad de aplicación de las normativas de habilitación y control.
El expediente
El titular del boliche Diba Verano, Franco Ezequiel Burgos, con el patrocinio letrado del abogado Alejandro Canavesio, solicitó ante el Gobernador de la Provincia, Gustavo Bordet, la habilitación comercial según expediente 2205420 para la explotación del local en un terreno ubicado camino Crespo-General Racedo, Distrito Palmar, Departamento Diamante, con fecha 6 de diciembre de 2018. En la nota dirigida al gobernador se invocan las normas que otorgan el derecho al libre trabajo y al cumplimiento de la reglamentación establecida para habilitar la actividad, solicitando formalmente la habilitación “que es otorgada por el Gobierno de la Provincia, o en su defecto, que establezca quién es el órgano jurisdiccional provincial competente para que lo otorgue, así como la normativa con los requisitos a cumplimentar”, expresa en el texto.
En la misma nota el solicitante explica haber recorrido varias reparticiones provinciales donde no cumplimentaban el trámite, pero además desconocían a quién competía la “habilitación en zona gris de la provincia”. Con la firma del Director General de Despacho de la Gobernación, Mauro Gómez, en fecha 7 de diciembre se dio pase a la Subsecretaría de Comercio de la Provincia para la intervención de las áreas pertinentes.
Burgos presentó una nueva nota el 13 de diciembre. Esta vez ante la Dirección General de Comercio Interior, dirigida a su director Jesús Pérez Mendoza, solicitando la habilitación, adjuntando el informe de revisión de cumplimiento en requisitos de actuación en emergencias y evacuación, confeccionado por el ingeniero Hugo Lust y plano del inmueble. El mismo día el director de Comercio Interior se dirigió por nota al intendente de Crespo, arq. Darío Schneider, poniéndolo en conocimiento del tema, detallando que sobre el lugar “no tiene competencia autoridad municipal alguna” -precisa el texto. Luego el titular del organismo también se declara incompetente y solicita: “es por ello y dado que no somos autoridad competente en materia de habilitaciones de locales bailables, se solicita, dada la proximidad del establecimiento con el municipio de Crespo, su intervención a los efectos del otorgamiento de la habilitación según su legislación municipal vigente”.
A partir de esta nota, el tema fue estudiado por la Asesoría Letrada del Municipio crespense, que en su dictamen del 20 de diciembre informó al intendente que “el Municipio de Crespo No es competente para habilitar la actividad y el lugar que se interesa, atento a la normativa vigente”. Además confirmó que “el lugar no pertenece a la jurisdicción de la ciudad de Crespo” y finalmente recomendó rechazar la solicitud de la Dirección de Comercio Interior del Gobierno de Entre Ríos. Por este motivo, mediante Resolución 587/18, el intendente Schneider resolvió declarar la incompetencia de la Municipalidad de Crespo para entender en la habilitación del local comercial bailable “Diba Verano” por encontrarse fuera de su jurisdicción.
En la misma resolución se ordenó remitir el Expediente 2.875/2018 a la Dirección de Comercio Interior y notificar al dueño del negocio de lo resuelto, pasando copia asimismo a las áreas municipales correspondientes.
El dato
La jurisdicción que compete al municipio de Crespo (que será tema para otra nota) está establecida por ordenanza del año 1970 y definida por parcelas, para evitar que un mismo propietario tenga su campo dividido en dos jurisdicciones. Generalmente las líneas divisorias de las jurisdicciones son establecidas por las vías del ferrocarril y las rutas.
Crespo está localizado en el Departamento Paraná, y en el caso del boliche bailable no tiene jurisdicción porque el campo está situado en el Departamento Diamante. Sin embargo sí tiene jurisdicción sobre un campo que está enfrente, del otro lado de la ruta Crespo-Racedo, sobre la margen derecha cuando se circula desde nuestra ciudad, que corresponde al Departamento Paraná.