Política en Entre Ríos
El Gobierno provincial reordenó la estructura ministerial mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial
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Con la publicación de este martes en el Boletín Oficial del Decreto N° DTO-2026-68-E–GER-GOB, titulado “Refuncionalización de la Organización Ministerial”, el Poder Ejecutivo de Entre Ríos formalizó una serie de cambios en distintas carteras de gestión, dispuestos por el gobernador Rogelio Frigerio.
La medida se adoptó tras evaluar que ha transcurrido “una primera etapa de gestión”, lo que llevó al Ejecutivo a considerar “conveniente y oportuno efectuar nuevas adecuaciones en la organización ministerial, a fin de optimizar la asignación de funciones, fortalecer la coherencia funcional entre las políticas públicas y mejorar la eficiencia en la gestión administrativa”, según se expresa en los fundamentos del decreto.
Entre las principales modificaciones, el artículo 1° establece que los Ministerios de Hacienda y Finanzas y de Planeamiento, Infraestructura y Servicios pasarán a denominarse Ministerio de Economía y Servicios Públicos y Ministerio de Planeamiento e Infraestructura, respectivamente.
En tanto, el artículo 2° dispone que la Secretaría de Transporte y la Secretaría de Energía quedarán bajo la órbita del Ministerio de Economía y Servicios Públicos.
El artículo 3° redefine el alcance de la Secretaría de Modernización, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, que pasará a llamarse Secretaría de Modernización, Ciencia, Tecnología e Innovación, absorbiendo las competencias y la estructura de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación. A su vez, se suprime el cargo de Secretario de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Por otra parte, el artículo 4° establece la escisión de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería del Ministerio de Desarrollo Económico, quedando conformadas la Secretaría de Industria y la Secretaría de Comercio, Minería y Desarrollo Emprendedor. En línea con esta reorganización, el artículo 5° suprime la Secretaría de Desarrollo Productivo y Emprendedor, cuyas competencias serán absorbidas por la Secretaría de Comercio, Minería y Desarrollo Emprendedor.
Asimismo, el artículo 6° convierte la Dirección General de Mantenimiento de Casa de Gobierno, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, en Coordinación de Mantenimiento de Casa de Gobierno, que pasará a depender de la Dirección General de Intendencia y Servicios, perteneciente al Ministerio de Planeamiento e Infraestructura.
El decreto también crea, a través del artículo 7°, la Coordinación Operativa de la Oficina del Gobernador, en el ámbito de la Gobernación. Este nuevo organismo tendrá como misión asistir de manera directa al gobernador, garantizando el adecuado funcionamiento de su agenda institucional y la articulación operativa de sus actividades.
En materia social, el artículo 8° unifica la Dirección General de Economía Social y la Dirección de Políticas Comunitarias y Territoriales, dependientes del Ministerio de Desarrollo Humano, que pasarán a denominarse Dirección General de Economía Social y Políticas Comunitarias.
Por último, el artículo 9° dispone que la Compañía Entrerriana de Gas SA (CEGSA) y la empresa Energía de Entre Ríos SA (ENERSA) se relacionarán con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Economía y Servicios Públicos. En tanto, el artículo 10° confirma que los organismos reubicados o modificados mantendrán sus estructuras inferiores actuales, las cuales se considerarán automáticamente transferidas a las nuevas jurisdicciones.

