Debate en la Legislatura: el proyecto para reformar el corretaje inmobiliario ingresa a su etapa clave en comisión
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La iniciativa impulsada por la diputada Carola Laner busca flexibilizar la actividad, habilitar esquemas asociativos y permitir el uso de marcas comerciales en Entre Ríos. En contraposición, el legislador Enrique Cresto plantea defender el esquema vigente, argumentando la reserva de facultades provinciales y el rol de los colegios profesionales.
La Cámara de Diputados de Entre Ríos se prepara para discutir una reforma integral al régimen que regula el ejercicio del corretaje inmobiliario en la provincia. La iniciativa, impulsada por la diputada provincial Carola Laner (Juntos por Entre Ríos), busca flexibilizar y modernizar la normativa vigente, mientras que desde el bloque justicialista el diputado Enrique Cresto plantea una firme contrapropuesta enfocada en la regulación profesional.
El proyecto de ley presentado por la diputada Laner se encuentra actualmente radicado en la Comisión de Legislación de la Cámara de Diputados. Según confirmó la propia legisladora, la iniciativa será tratada en las próximas semanas tras haber coordinado la agenda de trabajo con el presidente de dicha comisión. El debate parlamentario comenzará en el ámbito comisional con la participación de diversos invitados y referentes del sector inmobiliario.
La propuesta legislativa busca actualizar el marco regulatorio del corretaje en Entre Ríos, que fue sancionado en 2006 a través de la Ley N° 9.739 y tuvo una única modificación en 2023 mediante la Ley N° 11.084. Según la autora de la iniciativa, la reforma responde a la necesidad de adecuar las normas a las demandas del mercado actual y reconocer la validez de nuevos modelos de negocios en la provincia.
El texto articulado del proyecto plantea modificaciones de fondo sobre la legislación vigente. Entre los puntos centrales se destacan los siguientes ejes:
● Reconocimiento de títulos universitarios: se dispone que el Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos otorgue la matrícula a quienes posean títulos universitarios de corretaje emitidos por cualquier universidad del país, hasta tanto se cree e implemente una carrera presencial de licenciatura dentro del territorio provincial y egrese su primera cohorte.
● Uso de marcas, nombres de fantasía y franquicias: se habilita explícitamente a los corredores a utilizar marcas, nombres de fantasía o denominaciones comerciales junto a su nombre y número de matrícula habilitante. A su vez, se eliminan restricciones para esquemas asociativos y cadenas comerciales siempre que la intermediación mantenga la supervisión del profesional matriculado.
● Incorporación de personal auxiliar y dependientes: se permite a los corredores matriculados contar con la colaboración de dependientes para tareas administrativas y operativas secundarias que no constituyan actos indelegables de la profesión.
● Transparencia en el Colegio profesional: la norma exige al Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios la publicación anual de sus balances financieros y memorias en su sitio web institucional. Asimismo, se prohíbe a la entidad fijar requisitos de matriculación por fuera de los establecidos de forma taxativa por ley.
● Garantías en el régimen disciplinario: se establece que las sanciones o restricciones al uso de la matrícula sólo podrán aplicarse bajo un procedimiento estricto o cuando exista una resolución judicial firme.
En los fundamentos del proyecto, Laner señala que la normativa actual resulta demasiado rígida y ha generado un estancamiento en la actividad inmobiliaria provincial en comparación con jurisdicciones de la Región Centro como Córdoba y Santa Fe.
En el extremo opuesto al planteo de flexibilización comercial, la Cámara de Diputados analiza la postura del legislador justicialista Cresto, quien presentó un proyecto de resolución para expresar preocupación y rechazo frente a los intentos de modificar el régimen del corretaje.
La propuesta de Cresto, por su parte, remarca que la regulación de las profesiones liberales y el poder de policía profesional son facultades reservadas por las provincias no delegadas al Gobierno Federal, en virtud de los artículos 5, 121 y 122 de la Constitución Nacional.
Asimismo, la iniciativa subraya que la intermediación inmobiliaria involucra operaciones de alto impacto económico y jurídico, por lo que la desregulación o la debilitación de los controles puede vulnerar la protección de los usuarios garantizada en el artículo 42 constitucional.
Del mismo modo, la resolución de Cresto insta a defender la autonomía provincial y solicita abrir un ámbito de diálogo institucional y consulta previa con los colegios profesionales e instituciones representativas del sector.
Con estos dos modelos en pugna –uno centrado en la desregulación, la libre competencia y la adopción de formatos comerciales integrados, y otro enfocado en el resguardo de la regulación estatal, el poder de policía provincial y el rol de los colegios–, la Cámara de Diputados de Entre Ríos se dispone a iniciar un debate determinante para el ejercicio profesional inmobiliario.

