Judicial
Comunicado sobre las prohibiciones vigentes durante las Elecciones Legislativas
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La Jefatura Departamental Victoria informa a la población en general que, conforme a lo dispuesto por el Código Electoral Nacional, se recuerdan las prohibiciones establecidas para el domingo 26 de octubre del corriente año, fecha en que se llevarán a cabo las Elecciones Legislativas en todo el país.
En cumplimiento del artículo 71 del Código Electoral Nacional, se hace saber que durante el desarrollo del acto comicial y en los horarios que se detallan, regirán las siguientes restricciones:
a) Queda prohibido admitir reuniones de electores o depósitos durante las horas de votación en domicilios ubicados dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos. En caso de que alguna vivienda sea ocupada por la fuerza, deberá darse aviso inmediato a la autoridad policial. (Horario de restricción: de 08:00 a 18:00 horas).
b) No podrán realizarse espectáculos populares al aire libre ni en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas o cualquier tipo de reunión pública ajena al acto electoral, durante el horario de la elección y hasta tres horas después de su cierre. (De 08:00 a 21:00 horas).
c) Las casas destinadas al expendio de bebidas alcohólicas deberán permanecer cerradas hasta tres horas después del cierre del comicio. Se recuerda que el artículo 136 del Código Electoral establece penas de quince días a seis meses de prisión para quienes expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes del inicio de los comicios y hasta tres horas después de su finalización. (Prohibición vigente desde las 20:00 horas del sábado hasta las 21:00 horas del domingo).
d) No se podrá ofrecer ni entregar boletas de sufragio a los electores dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos. (De 08:00 a 18:00 horas).
e) Los electores tienen prohibido portar armas, exhibir banderas, divisas u otros distintivos partidarios durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizado el acto electoral. (Desde las 20:00 horas del sábado hasta las 21:00 horas del domingo).
f) Quedan prohibidos los actos públicos de proselitismo político desde 48 horas antes del inicio del comicio. (Desde las 08:00 horas del viernes).
g) Los organismos partidarios deberán permanecer cerrados dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos. La Junta Electoral Nacional o cualquiera de sus miembros podrá ordenar el cierre transitorio de los locales que se encuentren en infracción. (De 00:00 a 18:00 horas del domingo).