Adopción: Un sinnúmero de escenarios posibles para pensar en los derechos de los niños y de quienes buscan darles un hogar
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Victoria.- Cada provincia tiene un registro único de adoptantes, el de Entre Ríos se llama RUAER, éste a su vez compone una red federal de registros (RUA). En ese contexto, la Ley de Adopción establecida en el Código Civil y Comercial establece un mecanismo de funcionamiento de estos registros donde cada persona o familia se anota en el correspondiente a su provincia, pero la adopción puede ser o no de ésta.
La Defensoría del Juzgado de Familia es el nexo con el RUAER, en tal sentido, Paralelo 32 dialogó con la Defensora Pública Auxiliar Natalia Smaldone sobre cómo es el recorrido que hacen quienes deciden tomar esta decisión, y del acompañamiento que se arbitra en tal sentido. “En Victoria nosotros recibíamos las carpetas y brindábamos información, con la pandemia se optó por planillas virtuales que van directamente a Paraná”.
El RUAER concentra la información de quienes pretenden adoptar, hace la evaluación con visitas donde concurren profesionales psicólogos y psiquiatras, “cumplimentado ese paso se los admite para integrar el registro”.
Smaldone añadió “Hay un indicador que se reitera en todo el país, la mayoría de las personas quiere adoptar bebés, eso hace que la lista de espera sea extensa porque no hay bebés; la generalidad pasa por vulneraciones de derechos e ingresan al sistema con dos o tres años, y en verdad entre el tiempo que se trabaja con la familia de origen y el momento en que se decide la situación de adoptabilidad, suelen transcurrir uno o dos años, dependiendo de la complejidad del caso”.
Es por ello que gran número de los chicos que logran un hogar donde sus adultos los cobijen ya tienen una edad promedio entre los tres (3) y nueve (9) o más años. “Por eso ocurre también que para esos chicos mayores de seis años; grupos de hermanos o chicos con una patología, no hay adoptantes interesados. Y esto es algo que muchas personas no lo saben: cuando aceptan asumir este acto de amor, asumiendo cualquiera de estas situaciones descriptas, los pretensos adoptantes no van en lista de espera”.
Smaldone agrega: “Hay historias de amor conmovedoras que vale la pena destacar y promover, porque tantas veces en la búsqueda del bebé, mucha gente se pierda la posibilidad de dar una familia a un niño. El eje de la nueva legislación, y de este nuevo paradigma, es precisamente ese: se busca una familia para un niño y no al revés. Entonces muchas parejas se están privando de esa posibilidad, y lo hermoso que es formar un proyecto de familia para esos chicos que tanto amor necesitan”, dijo la entrevistada.
La Defensora Auxiliar comentó que si bien un gran número de esos niños están en hogares, “Y muy bien cuidados como el Hogar María Oberti de Basualdo, no es el amor de una familia. Puede tener buenos hábitos, están alimentados, concurren a la escuela y participan de actividades, pero el amor de esa ‘tía’ —como le llaman los chicos—no es el mismo de una familia como tal, porque esa persona tiene horarios rotativos, y cumple un rol laboral”.
Por todo ello, cuando en un registro local no aparecen adoptantes (de cinco hermanos, o chicos con patologías, por ejemplo.) se hace una convocatoria pública, “En Entre Ríos recientemente hubo convocatorias del RUAER, y personas que no estaban inscriptas previamente en el registro pudieron presentarse: tal fue el caso de una niña de diez años”.
Ya la Convención sobre los Derechos del Niño; Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes Nº 26061; y el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación sancionado en 2015, ponen especial atención en el niño, “Y por eso es tan importante la función de los registros de cada provincia y el central, para evitar cuestiones automáticas o sin el seguimiento y evaluación adecuados; el Estado es garante de la historia de ese niño, y que sea adoptado por una familia que lo ahíje en el sentido psicológico, porque hay mucha gente que quiere una mascota; o que como en otras épocas y paradigmas busca un ‘criado’.
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Dónde inscribirse
En el sitio web del Ministerio Público de la Defensa de Entre Ríos, se puede acceder a mayores detalles del Registro único de aspirantes a guarda con fines de adopción (http://mpd.jusentrerios.gov.ar/registro-unico-aspirantes-a-adoptacion/); allí también figuran las pestañas de preguntas frecuentes, contacto e inscripción (formulario).
Smaldone precisó además que la nueva ley cuando habla de ‘familia’, lo hace en el sentido amplio del término: “Involucra además de la pareja tradicional (hombre-mujer) y de un sólo papá o mamá (familia monoparental), al matrimonio igualitario: mujer –mujer, hombre-hombre”. Hecho este último que en Victoria se ha dado, y con una adopción de un pequeño que tenía un pronóstico de vida muy crítico, y por ello la entrevistada destacó cómo han llevado adelante la adopción y el amor que le están dedicando. “Esa es una muestra de que el amor cura”, añadió. Sobre el final, la Defensora que hace 8 años se desempeña como Auxiliar insistió en que no es solamente completar un formulario, “Hay un permanente acompañamiento de los profesionales del RUAER, antes, y durante el período de la guarda, ya que significa un gran cambio para estos chicos como para sus padres, la adopción es recíproca”.